MARTES 10 MARZO 2026
POR REDACCION
-La trabajadora conservará sus derechos de antigüedad y su reinstalación al concluir el período de internamiento, siempre que éste no exceda de seis meses.
CHIHUAHUAS, CHIH.- El Congreso del Estado envío al Congreso de la Unión, una iniciativa de Decreto para reformar la Ley Federal del Trabajo, en aras de proteger las fuentes de trabajo de las mujeres víctimas de violencia, que se vean en la necesidad de resguardarse en refugios de protección.
La iniciativa presentada por la diputada Irlanda Márquez Nolasco (PT), revela que la ausencia de una figura como la suspensión de los efectos de la relación de trabajo en caso de violencia contra las mujeres deja a las víctimas sin una protección clara: pueden ser sancionadas o despedidas por ausencias justificadas por su situación de violencia, o verse obligadas a renunciar ante la imposibilidad de conciliar su seguridad personal con sus obligaciones laborales.
La diputada Nancy Frías quien dio lectura al documento en representación de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, dijo que actualmente, muchas mujeres en esta situación enfrentan el dilema de conservar su empleo o atender las consecuencias de la violencia (denunciar al agresor, obtener medidas de protección, recibir atención médica o psicológica, reubicar a su familia, etcétera). Lo que agrava su vulnerabilidad y perpetúa el círculo de la violencia.
De ahí, que, señaló, la situación actual representa tanto un vacío legal y de política pública que esta adición a la ley pretende subsanar, garantizando estabilidad laboral y respaldo institucional a las mujeres trabajadoras víctimas de violencia de género.
Así mismo, recordó que la violencia contra las mujeres en México es algo que se presenta todos los días, en diferentes ámbitos y a diferentes escalas, pero sin duda, una de las situaciones más recurrentes es aquella en donde la mujer es víctima de violencia física y para poder sentirse a salvo debe ingresar a un refugio de protección para mujeres víctimas de violencia.
Sin embargo, comentó, al ingresar a estos refugios las mujeres deben dejar varias cosas de lado, una de ellas es su trabajo, lo cual no quiere decir que sea por irresponsabilidad, pero es algo necesario, es por eso que estas adiciones a la Ley Federal del Trabajo son adecuadas y justas para los casos en los que se necesite, de esta manera las mujeres víctimas de violencia podrán estar en estos refugios el tiempo adecuado a su caso sin dejar de tener un salario, conservando sus derechos de antigüedad y con la posibilidad de reinstalarse al concluir el periodo de internamiento.
Para lo antes expresado, la reforma planteada contempla la modificación del artículo 42, fracciones VIII, y IX; y adicionar a los artículos 42, la fracción X; y 43, la fracción IV; todos de la Ley Federal del Trabajo, que también precisa que, durante dicha suspensión, la trabajadora conservará sus derechos de antigüedad y su reinstalación al concluir el período de internamiento, siempre que éste no exceda de seis meses, salvo que una autoridad competente determine un plazo mayor.
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