diciembre 20, 2025

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El Departamento del Tesoro de EE. UU. sancionó a familiares y asociados del régimen de Maduro

El Departamento del Tesoro de E.U.A

SABADO 20 DICIEMBRE 2025

POR REDACCION

WASHINGTON — Hoy, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de EE. UU. sancionó a varios familiares y asociados de la familia Maduro-Flores. Esta acción apunta además a la estructura narcocorrupta que sostiene el régimen ilegítimo de Nicolás Maduro, es decir, las redes familiares de Carlos Erik Malpica Flores (Malpica Flores) y Ramón Carretero Napolitano (Ramón Carretero).

«Hoy, Hacienda sancionó a individuos que están sosteniendo el estado narco-rebelde de Nicolás Maduro. No permitiremos que Venezuela siga inundando nuestra nación con drogas mortales», dijo el secretario del Tesoro, Scott Bessent. «Maduro y sus cómplices criminales amenazan la paz y estabilidad de nuestro hemisferio. La Administración Trump seguirá atacando las redes que sostienen su dictadura ilegítima.»

SANCIONAR A LOS ASOCIADOS DE MADURO Y SUS FAMILIAS

El 11 de diciembre de 2025, la OFAC sancionó a Malpica Flores, sobrino de la esposa de Maduro, Cilia Flores, conforme a la Orden Ejecutiva (E.O.) 13692 por ser funcionario actual o anterior del Gobierno de Venezuela. Malpica Flores, quien ha sido repetidamente vinculado a la corrupción en la empresa estatal venezolana de petróleos, Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA), ha aprovechado sus conexiones familiares para sus operaciones financieras transnacionales.

Hoy, la OFAC designa a las siguientes personas conforme a la Ley E.O. 13850 como familiares adultos directos de Malpica Flores, personas determinadas responsables o cómplices de, o que han participado directa o indirectamente en, cualquier transacción o serie de transacciones que impliquen prácticas engañosas o corrupción y el Gobierno de Venezuela o proyectos o programas administrados por el Gobierno de Venezuela: Eloisa Flores de Malpica, madre de Malpica Flores y hermana de Cilia Flores; Carlos Evelio Malpica Torrealba, su padre; Iriamni Malpica Flores, su hermana; Damaris del Carmen Hurtado Perez, su esposa; y Erica Patricia Malpica Hurtado, su hija adulta.

Además, la acción de hoy se basa en la designación del 11 de diciembre de 2025 por la OFAC, al otorgar al empresario panameño Ramón Carretero, al designar a las siguientes personas conforme a la Orden Episcopal 13850 como familiares directos de Ramón Carretero, personas consideradas responsables o cómplices de, o que hayan participado directa o indirectamente en, cualquier transacción o serie de transacciones que impliquen prácticas engañosas o corrupción y el Gobierno de Venezuela, proyectos o programas administrada por el Gobierno de Venezuela: Roberto Carretero Napolitano y Vicente Luis Carretero Napolitano. Ramón Carretero ha mantenido numerosas transacciones con el régimen de Maduro, incluida la familia de Malpica Flores.

IMPLICACIONES EN LAS SANCIONES

Como resultado de la acción de hoy, todos los bienes e intereses en bienes de las personas designadas o bloqueadas descritas anteriormente que se encuentran en Estados Unidos o en posesión o control de personas estadounidenses quedan bloqueados y deben ser reportados a la OFAC.

Además, cualquier entidad que sea propiedad directa o indirecta, individual o en conjunto, del 50 por ciento o más por una o más personas bloqueadas también está bloqueada. Salvo que esté autorizado por una licencia general o específica emitida por OFAC, o exento, las regulaciones de OFAC generalmente prohíben todas las transacciones realizadas por personas estadounidenses o dentro (o en tránsito) de Estados Unidos que impliquen cualquier propiedad o interés en bienes de personas bloqueadas.

Las violaciones de las sanciones estadounidenses pueden resultar en la imposición de sanciones civiles o penales a personas estadounidenses y extranjeras. La OFAC puede imponer sanciones civiles por infracciones de sanciones bajo una base de responsabilidad objetiva. Las Directrices de Aplicación de Sanciones Económicas de la OFAC proporcionan más información sobre la aplicación de las sanciones económicas estadounidenses por parte de la OFAC.

Además, las instituciones financieras y otras personas pueden arriesgarse a exponerse a sanciones por realizar ciertas transacciones o actividades que involucren a personas designadas o bloqueadas. Las prohibiciones incluyen la realización de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios por, hacia o en beneficio de cualquier persona designada o bloqueada, o la recepción de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios de dicha persona.

El poder e integridad de las sanciones de la OFAC derivan no solo de la capacidad de la OFAC para designar y añadir personas a la Lista de Nacionales y Personas Bloqueadas Especialmente Designadas (Lista SDN), sino también de su disposición a eliminar a personas de la Lista SDN conforme a la ley.

El objetivo final de las sanciones no es castigar, sino provocar un cambio positivo en el comportamiento. Para información sobre el proceso para solicitar la eliminación de una lista OFAC, incluida la lista SDN, o para presentar una solicitud, consulte las directrices de OFAC sobre cómo presentar una petición de eliminación de una lista OFAC.

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