noviembre 5, 2025

Timing Político

La política tiene su propio Timing

INE ordena al PAN suspender la entrega de papel para envolver tortillas.

POR: REDACCIÓN.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al Partido Acción Nacional (PAN), que en un plazo no mayor a 24 horas a partir de la notificación correspondiente, realice las acciones suficientes para suspender la entrega de papel para envolver tortillas que contiene las frases: “IBU ¿cómo te caerían 1500 pesos mensuales?”, “EL CAMBIO ES ANAYA! PRESIDENTE” y que se acompañan de la palabra “VOTA” sobre los emblemas del PAN, PRD y MC.

En sesión extraordinaria urgente, con el voto unánime de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Benito Nacif, la Comisión concedió las medidas cautelares solicitadas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), al señalar que si bien la envoltura de tortillas cumple como “artículo promocional utilitario”, no satisface el requisito de ser elaborado con componentes textiles.

Se precisó que la ley electoral prohíbe a partidos políticos y a candidatos la entrega de cualquier tipo de material en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo, a través de cualquier sistema que implique proporcionar un bien o servicio, ya sea por sí o por interpósita persona, por lo que continuar con estas acciones podría incidir en la libertad de los electores para elegir a sus autoridades el próximo 1 de julio del año en curso.

La Comisión vinculó a la empresa Ecosistema Creativo SAPI de CV, a efecto de que, de manera inmediata, cese la impresión y, en su caso, la entrega del papel para envolver tortillas, así como informar a las tortillerías involucradas que no deben usar el papel, motivo de la queja.

Se ordena al PAN sustituir promocional de televisión

Durante la misma sesión, la Comisión concedió –por unanimidad- la medida cautelar solicitada por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y ordenó al PAN la sustitución, en un plazo no mayor a 6 horas a partir de la notificación formal, del spot de televisión “CABEZA DE VACA SENADOR VOTA”, por aparentemente omitir los requisitos mínimos que deben cumplirse para difundir la imagen de un menor de edad en dicho promocional, en contravención de los parámetros establecidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en la Jurisprudencia 5/2017.

La Comisión determinó que cuando se incorpora a menores de edad en propaganda política o electoral, no constituye un requisito menor la exigencia legal de acompañar el permiso de los padres o tutores, así como el documento con la opinión de los infantes, para estar en condiciones de transmitir en televisión ese tipo de propaganda, ya que debe privilegiarse el interés superior de la niñez sobre el derecho de los partidos a difundir este tipo de materiales en medios masivos de comunicación.

TIMING POLÍTICO.

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