
POR: REDACCION.
Al respecto, el equipo de campaña de Maru Campos, manifestó que la resolución del tribunal de Distrito es muy clara en el sentido que la autoridad competente para pedir al Ministerio Público que entregue las carpetas que faltan es el Juez de Control.
CHIHUAHUA, CHIH.- Al considerar como inexistentes las supuestas omisiones atribuidas al Ministerio Público, el Juzgado Octavo de Distrito negó hoy la suspensión definitiva en el amparo que promovió la alcaldesa con licencia de Chihuahua por el caso de la “nómina secreta” del exgobernador, informó el consejero jurídico de Gobierno del Estado, Jorge Espinoza.
“El razonamiento de la juez es muy claro: son inexistentes los actos que reclamó, de las supuestas omisiones de la Fiscalía, considerando que la Fiscalía General del Estado había dado cabal cumplimiento a la entrega de todas las constancias de la carpeta de investigación”, expresó.
Informó que ahora lo que procede es que la Fiscalía General del Estado solicite fecha y hora para realizar la audiencia de formulación de imputación, la cual técnicamente puede programarse en cualquier momento, a menos que se intente una nueva maniobra dilatoria por la defensa de la alcaldesa.
El consejero anunció que se va dar vista a la Fiscalía General de la República, por las mentiras que la defensa de la alcaldesa con licencia ha vertido con la finalidad de conseguir suspensiones en los juicios de amparo que ha solicitado para evadir la realización de la audiencia correspondiente.
“La defensa ha buscado evadir, es una táctica evasiva, no quiere enfrentar el proceso penal y desafortunadamente abusan del Juicio de Amparo, a través de mentiras, para conseguir suspensiones engañando a los jueces de Distrito”, indicó.
El funcionario recordó que la suspensión provisional en ese amparo, fue el motivo por el cual se suspendió la audiencia de formulación de imputación en días pasados.

En esa audiencia realizada en una sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, el Ministerio Público comunicó al Juez de Control, Ignacio Muñoz, que eran falsas las presuntas omisiones señaladas por la defensa de la imputada sobre la entrega de la carpeta de investigación, y por tanto, no había pretexto ni obstáculo para celebrar la audiencia de formulación de cargos. No obstante que era evidente una maniobra dilatoria, el juez local decidió no celebrarla.
Es la tercera ocasión en el último mes, que los Juzgados de Distrito señalan como inexistentes los actos reclamados por la alcaldesa con licencia y su defensa al presentar las demandas de amparo, argumentando presuntas omisiones, únicamente para conseguir suspensiones y postergar el comienzo de la audiencia de formulación de cargos.
“Se desprenden constancias de las que se puede afirmar que la omisión reclamada es inexistente y como consecuencia, los efectos para los que solicita la suspensión del acto reclamado, quedan sin efecto”, establece la resolución publicada hoy por el Juzgado Octavo de Distrito.
“De las documentales que acompañó la autoridad responsable a su informe previo, se desprenden constancias de las que se puede afirmar que la omisión reclamada es inexistente y, como consecuencia, los efectos para los que se solicita la suspensión del acto reclamado han quedado sin materia”, agrega.
Suspensión de amparo señala que es el juez de control quien debe pedir las carpetas al MP: García Portillo.
Al respecto, el coordinador de la campaña, Maru Campos, Arturo García Portillo, dijo que la resolución del tribunal de Distrito es muy clara en el sentido que la autoridad competente para pedir al Ministerio Público que entregue las carpetas que faltan es el Juez de Control.
Informo que el juzgado de distrito en su resolución, señala que la falta de expedientes es un tema que deberá resolver el Juez de Control, por lo que deberá ser esa autoridad la que ordene que se entreguen los faltantes para que Maru tenga una defensa adecuada.
«Como lo ha señalado reiteradamente Maru Campos, hay confianza en el Poder Judicial y se atenderá el proceso en tanto se generen las condiciones de igualdad para una defensa adecuada»; concluyo García Portillo.
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