Diputada Blanca Araceli Narro Panameño
LUNES 22 DICIEMBRE 2025
POR REDACCION
La diputada Narro Panameño (Morena) busca adicionar la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
CIUDAD DE MEXICO.- A fin de establecer que, en la propaganda política o electoral, cuando aparezcan personas menores de 18 años de edad de manera directa o incidental, el partido político, las coaliciones o las personas físicas o morales vinculadas al proceso electoral deberán recabar por escrito el consentimiento de quien ejerza la patria potestad o tutela, la diputada Blanca Araceli Narro Panameño (Morena) presentó una iniciativa.
Con la adición de un numeral 5 al artículo 247 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, se precisa que, en caso de no contar con el consentimiento, deberán difuminar, ocultar o hacer irreconocible la imagen, la voz o cualquier otro dato que haga identificables a niñas, niños o adolescentes, a fin de garantizar el interés superior de la niñez.
El documento, enviado a la Comisión de Reforma Política-Electoral, resalta que en los últimos procesos electorales se demostró el uso indiscriminado de imágenes de niñas, niños y adolescentes en eventos proselitistas, tanto en contextos directos como incidentales, destacando con frecuencia que su uso no cuenta con el consentimiento informado de la madre, padre o tutor, exponiendo a la niñez a riesgos que van desde el hostigamiento hasta el uso indebido de sus datos personales.
Menciona que las madres, padres o tutores, en muchos casos no tienen conocimiento de que la imagen de su hija, hijo o persona sobre quien ejerce la tutela ha sido utilizada para fines políticos, lo que impide que tomen acciones inmediatas para su retiro de la propaganda político-electoral, situación que en el entorno digital resulta crítico, ya que una imagen puede difundirse y ser replicada miles de veces en cuestión de minutos, resultando prácticamente imposible su eliminación.
Narro Panameño expone que la aparición de una niña, niño o adolescente en propaganda electoral sin el debido consentimiento vulnera su intimidad, identidad y reputación. “No se trata únicamente de una cuestión estética o de imagen, sino de un riesgo real de vincularlo, de forma involuntaria, con posturas políticas, ideologías o partidistas, lo cual puede afectar su vida presente y futura, tanto en su entorno escolar como en el social y familiar”.
Destaca que reformar la legislación electoral para establecer reglas claras y obligatorias sobre el uso de la imagen, voz o datos personales de niñas, niños y adolescentes en propaganda político-electoral es una medida indispensable para garantizar su protección integral.
“En un entorno donde la difusión de contenidos es instantánea y hasta cierto punto incontrolable, el consentimiento informado y por escrito de quienes representan los intereses de las personas menores de dieciocho años se convierte en una salvaguarda fundamental para evitar la violación a sus derechos”, argumenta.
Con ello –abunda la diputada de Morena– se asegura que la participación de niñas, niños y adolescentes en actos proselitistas no sea producto de la improvisación o de estrategias de mercadotecnia política, sino de una decisión responsable y consciente que ponga en primer plano su bienestar y su dignidad.
Subraya que la reforma propuesta responde al mandato constitucional e internacional de ponderar el interés superior de la niñez como principio rector en toda actuación estatal y social. Al incorporarlo de manera expresa en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales se fortalece la capacidad del Estado para prevenir abusos, brindar certeza jurídica a las y los actores políticos y envía un mensaje inequívoco de respeto hacia la niñez.
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