Timing Político

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Proponen tipificar como delito el reclutamiento de menores por parte de la delincuencia organizada

La diputada Nassar Piñeyro (PRI)

POR REDACCION

Se impondría una pena de siete a 12 años de prisión y de 800 a dos mil días multa

CIUDAD DE MEXICO.- A fin de tipificar el delito de reclutamiento y utilización de personas menores de edad por parte de la delincuencia organizada e imponer una de siete a 12 años de prisión y de 800 a dos mil días multa, la diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro (PRI) plantea reformar el Código Penal Federal.  

La adición del artículo 201 Ter a dicho ordenamiento establece que “comete el delito de reclutamiento y utilización la persona física o moral que emplee, obligue, incite o coaccione a una o varias personas menores de 18 años de edad para formar parte de una asociación delictuosa o para cometer cualquiera de los delitos referidos en este ordenamiento o en alguna ley especial”.

Precisa que al autor de este delito se le impondrá la pena señalada.

La iniciativa, remitida a la Comisión de Justicia, refiere que, de acuerdo con el estudio “Reclutamiento y utilización de niñas, niños y adolescentes por grupos delictivos en México”, realizado por la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) y el Observatorio Nacional Ciudadano de Seguridad, Justicia y Legalidad (ONC), en nuestro país existen entre 145 mil y 250 mil niñas, niños y adolescentes que están en riesgo de ser reclutados o utilizados por estos grupos delictivos. 

Para ello, se aprovechan de las condiciones de vida que tiene la gran mayoría de las y los menores: desintegración y violencia familiar, falta de acceso a servicios básicos en sus viviendas y colonias, bajo nivel educativo y deserción escolar y la falta de reconocimiento y afecto que encuentran muchas veces en las personas que los reclutan.

Sostiene que el reclutamiento “es una actividad que lamentablemente no ha sido lo suficientemente visibilizada por los mecanismos de prevención de la violencia en sus tres niveles de gobierno, además de que no se encuentra tipificado como un delito”. 

Precisa que, si bien en el artículo 201 del Código Penal Federal se tipifica el delito de corrupción de menores, “el reclutamiento es un mecanismo de inserción y participación de los niños, niñas y adolescentes que les violenta sus derechos, les cambia su estructura de pensamiento al insensibilizarlos ante la tragedia y el dolor de las víctimas, siendo ellos también víctimas sin darse cuenta”.

Afirma que el reclutamiento es también una muestra de que la delincuencia organizada se ha especializado en detectar las condiciones de vulnerabilidad que miles de niños, niñas y adolescentes viven a diario para incorporarlos en las actividades delincuenciales. 

Por ello, resalta la importancia de adicionar el Código Penal Federal para castigar la utilización de personas menores de 18 años en la comisión de delitos.

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