CHIHUAHUA, CHIH.- Con la finalidad de proteger el interés superior del niño y la niña, la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso, reformó los artículos 4o y 6o de la Constitución Política del Estado, en materia de la protección superior del niño y la niña.
El Dictamen fue presentado al Pleno Legislativo por el diputado Miguel La Torre, en vocal de la Comisión Segunda de Gobernación y Puntos Constitucionales, en la cual se cumple con el principio de protección del interés superior de los niños y las niñas.
Para lo anterior se detalla que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la infancia- Todos los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.
El principio antes enunciado, deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
Además, estableció que las sanciones impuestas por la realización de una conducta tipificada como delito por la ley penal, deberán ser racionales y proporcionales a la conducta, y su aplicación corresponderá al área especializada del Poder Judicial del Estado, previo procedimiento acusatorio oral, contradictorio, continuo, concentrado y expedito.
Lo anterior, haciendo énfasis en que en todas las resoluciones se deberá dejar patente que el interés superior de la niñez es una consideración primordial, al ser el interés superior de la niñez, en todos los organismos públicos y privados y para cualquier tipo de autoridad que interviene en asuntos en los que se discuten los intereses jurídicos de las personas menores de edad.
Con dicha reforma se da cumplimiento al objetivo del concepto de interés superior de la niñez, el cual es el de garantizar el disfrute pleno y efectivo de todos los derechos reconocidos y el desarrollo holístico del niño o la niña.
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