diciembre 8, 2024

Timing Político

La política tiene su propio Timing

Reforman legisladores la Ley Municipal de Pensiones.

Ademas, con reforma al Código Municipal del Estado, se obliga a los ayuntamientos apoyar a sus juntas municipales.

CHIHUAHUA, CHIH.-Los diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso reformaron la Ley del Instituto Municipal de Pensiones, con el objetivo de que aquellas personas autorizadas por el Ayuntamiento de Chihuahua con indemnización por daños causados por acciones del municipio cuenten con prestación de servicio médico.

El dictamen aprobado por unanimidad fue presentado por el diputado Jorge Soto, en representación de la Comisión de Programación, Presupuesto y Hacienda, quien mencionó  que la serie de adecuaciones realizadas, garantizarán cabal atención y cumplimiento de compensación a las y los particulares por daños personales ocasionados con motivo de una actividad administrativa irregular, incluyendo el servicio médico-asistencial por parte del Instituto Municipal de Pensiones.

Lo anterior, para que la asistencia sea atendida previa acreditación del Ayuntamiento del Municipio de Chihuahua, desde la primera atención hasta la recuperación total de los “asegurados por responsabilidad patrimonial”.

Enfatizó que quienes sean asegurados por responsabilidad patrimonial no adquirirán derecho a pensiones, jubilaciones, aguinaldos o cualquier otra prestación, sino única y exclusivamente contarán con servicio médico a título personal, sin posibilidad de hacer extensivo el servicio a persona alguna.

Culminó al señalar que para implementar dicho apoyo, el Instituto Municipal de Pensiones deberá prever en su Presupuesto de Egresos las partidas necesarias para cubrir los gastos médicos que se generen, lo cual es congruente con lo que dispone el artículo 6 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial y, en relación a la Ley de Presupuestos de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público, ambos ordenamientos del Estado de Chihuahua.

El presidente de la Comisión de Programación, Presupuesto y Hacienda, Jesús Valenciano.

Con reforma al Código Municipal del Estado, se obliga a los ayuntamientos apoyar a sus juntas municipales

La omisión a lo estipulado en Código, será causa grave de responsabilidad

Con el propósito de garantizar que anualmente se asignen los recursos necesarios y suficientes para el pago de la administración seccional y la prestación, a cargo de ésta, de los servicios públicos que le competan y la realización de las obras que correspondan, el Poder Legislativo reformó el Código Municipal para el Estado de Chihuahua.

El presidente de la Comisión de Programación, Presupuesto y Hacienda, Jesús Valenciano, señaló que con la adecuación realizada, por ningún motivo el Ayuntamiento dejará de autorizar el presupuesto destinado a las juntas municipales, de lo contrario, será acreedor a una sanción.

Dentro del artículo 64 del ordenamiento reformado, se estableció que para el cálculo y elaboración del Presupuesto de Egresos se deberá invitar a las autoridades de las secciones municipales para analizar y discutir su anteproyecto de Presupuesto de Egresos.

El legislador expuso que el Estado de Chihuahua está dividido en 67 Municipios, y cada uno es gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, que tratándose de la secciones municipales será auxiliado en sus funciones por las juntas municipales, de conformidad con lo dispuesto por el Código Municipal para el Estado de Chihuahua, por lo cual es de suma importancia la adecuación aprobada por unanimidad de Congreso del Estado.

TIMING POLÍTICO.

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