
Rosa Icela Rodríguez Velázquez, titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), indicó que los vehículos de procedencia asiática y europea podrán entrar en el programa de regularización de los llamados «autos chocolate», por loque detalló los requisitos que deberán cumplir.
Desde el Salón de la Tesorería en Palacio Nacional, la funcionaria federal comentó que el próximo 1 de diciembre comenzarán con este mecanismo de las unidades que vengan de dichos continentes y que hayan sido comercializadas en Estados Unidos o Canadá, al tiempo que subrayó que únicamente se beneficiarán a los modelos que sean anteriores a 2017.
“Es el apoyo para regularizar vehículos de procedencia europea, asiática y esto se inicia a partir del próximo 1 de diciembre. Se incluirán unidades procedentes de estos continentes cuyo número de serie comience con letra y hayan sido comercializados en Estados Unidos y Canadá y los modelos como es todo el programa sean anteriores a 2017″, pronunció la secretaria de Estado.
No obstante, Rodríguez Velázquez aclaró que los carros que no son anteriores a 2017 tienen que pagar para pasar por aduana y además efectuar los correspondientes impuestos, por lo que invitó a los interesados en este proceso a acudir a los módulos del Registro Público Vehicular (Repuve) a realizar el trámite correspondiente.
Asimismo, dijo que del 19 de marzo de 2022 al 27 de noviembre de 2023 se han regularizado un millón 906 mil 815 coches de procedencia extranjera.
De acuerdo con el Gobierno federal, los requisitos para la regularización de vehículos de procedencia extranjera son:
- CURP del solicitante (Clave Única de Registro de Población)
- NIV del vehículo (Número de Identificación Vehicular)
- Código Postal
- Correo Electrónico
- Teléfono (fijo o celular)
- Documento con el que se acredita la propiedad (Título de Propiedad o Factura)
- Imagen impresa del NIV (calca o fotografía)
- Identificación oficial (vigente)
- Comprobante de domicilio (no mayor a tres meses que corresponda a alguna de las entidades federativas beneficiadas en el “Decreto”)
- Manifiesto bajo protesta de decir verdad firmado
- Comprobante de pago (formulario múltiple de pago SAT)
- Comprobante impreso de Cita del REPUVE
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