Timing Político

La política tiene su propio Timing

Sanciona el TEPJF al PAN y a Javier Corral por aparecer en spot en pasada campaña.

POR: REDACCIÓN.

Los promocionales difundidos por el PAN en periodo de campaña en los que se incluyó la voz e imagen de Miguel Ángel Mancera y Javier Corral, vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda: Sala Especializada.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Sala Especializada, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sanciono al PAN y al gobernador Javier Corral Jurado, por la participación de este último en un spot difundido durante la pasada campaña presidencia., pues con ello “vulneraron los principios de neutralidad y equidad e imparcialidad”.

La Sala Especializada multó al PAN con 120 mil 900 pesos y ordenó al Congreso del Estado proceder contra el gobernador Javier Corral, por su aparición, junto con el exjefe de Gobierno capitalino, en diversos spots durante las campañas.

El TEPJF manifestó que al cumplir con la sentencia emitida por la Sala Superior en el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador SUP-REP-163/2018, determinó que tanto Miguel Ángel Mancera Espinosa como Javier Corral Jurado, vulneraron los principios de imparcialidad y neutralidad contemplados en el artículo 134, párrafo séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al haber realizado manifestaciones de apoyo en favor de Ricardo Anaya Cortés, entonces candidato a la Presidencia de la República de la coalición “Por México al Frente”, en diversos promocionales pautados por el PAN durante el periodo de campaña.

Asimismo, se determinó que el PAN utilizó de manera indebida sus tiempos en radio y televisión, por haber pautado los promocionales denunciados bajo el formato de propaganda electoral, pues van contra el principio de equidad en la contienda, al incluir a los citados servidores públicos para promocionar su entonces candidatura.

“En razón de lo anterior, se dio vista a las instancias correspondientes por cuanto a la conducta infractora atribuida a los servidores públicos y se impuso una multa al instituto político”; dictaminó el TEPJF.

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