Timing Político

La política tiene su propio Timing

TEPJF analiza el derecho al voto en prisión preventiva y el principio de presunción de inocencia.

POR: REDACCION.

CIUDAD DE MEXICO.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio un paso más en los trabajos de vinculación con diferentes sectores de la sociedad instruidos por su magistrado presidente, Felipe Alfredo Fuentes Barrera, aprovechando la pluralidad de temas de su competencia, a través del séptimo Taller de Análisis de Sentencias en la modalidad virtual, espacio concebido y coordinado por la magistrada de la Sala Superior Mónica Aralí Soto Fregoso y organizado a través de la Dirección General de Relaciones Institucionales Nacionales, cuyo tema fue en esta ocasión “El derecho a votar de las personas en prisión preventiva y el principio de presunción de inocencia”.

Aprovechando la apertura que generan las plataformas tecnológicas y privilegiando la salud y la sana distancia, este viernes, la secretaria de estudio y cuenta Cruz Lucero Martínez Peña destacó diferentes aspectos atinentes a la resolución, en que se reconoce el derecho al voto activo de quienes se encuentran en prisión preventiva, de acuerdo a la interpretación sistemática de la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos realizada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la Sala Superior del TEPJF, así como precedentes en los que ha operado, concluyéndose que las personas en prisión que no han sido sentenciadas tienen derecho a ejercer su voto, amparadas por la presunción de inocencia, toda vez que la emisión de un auto de formal prisión o vinculación a proceso no involucra necesariamente la privación de la libertad de la o el procesado, por lo que sólo tiene sentido reconocerse como un impedimento al ejercicio del voto la existencia de un obstáculo material que le imposibilite acudir a votar, como es estar en prisión.

De este modo, fue abordado de manera destacada el proyecto de la ponencia del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, confirmado por el Pleno de la Sala Superior del TEPJF en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-352/2018 y acumulado, iniciados por dos personas auto adscritas como “tsotsiles”, recluidas en el Centro Estatal de Reinserción Social “El Amate”, en Cintalapa, Chiapas, a raíz de diversas causas penales sobre las que no había recaído sentencia, por lo cual solicitaron que, al no desacreditarse su inocencia, el Instituto Nacional Electoral (INE) garantizara su derecho al sufragio en los comicios federales y locales.
Finalmente, con la nutrida participación de las y los asistentes, conformados por estudiantes, autoridades, funcionarias y funcionarios de tribunales y organismos regionales y estatales, así como público en general, fue subrayada la importancia y retos del fallo, al ordenarse al INE que paulatina y progresivamente implemente una primera etapa de prueba antes de las elecciones de 2024, mediante un programa para que ciudadanas y ciudadanos en prisión preventiva hagan valer el referido derecho.

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