
El Departamento del Tesoro de Estados Unidos
DOMINGO 27 JULIO 2025
POR REDACCION
WASHINGTON — A través de un comunicado de prensa, El Departamento del Tesoro de Estados Unidos dio a conocer que la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés) sancionó al Cartel de los Soles como Terrorista Global Especialmente Designado.
Explicó que el Cartel de los Soles es un grupo criminal con sede en Venezuela encabezado por Nicolás Maduro Moros y otros individuos venezolanos de alto rango en el régimen de Maduro que brinda apoyo material a organizaciones terroristas extranjeras que amenazan la paz y la seguridad de los Estados Unidos, a saber, el Tren de Aragua y el Cartel de Sinaloa.
«La acción de hoy expone aún más la facilitación del narcoterrorismo por parte del régimen ilegítimo de Maduro a través de grupos terroristas como el Cartel de los Soles», dijo el secretario del Tesoro, Scott Bessent.
«El Departamento del Tesoro continuará ejecutando la promesa del presidente Trump de poner a Estados Unidos primero al tomar medidas enérgicas contra organizaciones violentas como el Tren de Aragua, el Cartel de Sinaloa y sus facilitadores, como el Cartel de los Soles», dijo.
TREN DE ARAGUA Y EL CÁRTEL DE SINALOA: NARCOTERRORISTAS VIOLENTOS
Hoy, la OFAC está sancionando al Cartel de los Soles, que ha brindado apoyo material al Tren de Aragua y al Cartel de Sinaloa. El Tren de Aragua es una Organización Terrorista Extranjera (OTF) originaria de Venezuela y está involucrada en el tráfico ilícito de drogas, el contrabando y tráfico de personas, la extorsión, la explotación sexual de mujeres y niños y el lavado de dinero, entre otras actividades delictivas.
El Cartel de Sinaloa es uno de los cárteles más antiguos y poderosos de México, responsable de una parte significativa de las drogas mortales traficadas a los Estados Unidos desde México. Además de traficar fentanilo, metanfetamina, cocaína y otras drogas ilícitas a Estados Unidos, el Cartel de Sinaloa está involucrado en una violencia generalizada.
El 20 de febrero de 2025, el Departamento de Estado designó tanto al Tren de Aragua como al Cartel de Sinaloa como FTO y Terroristas Globales Especialmente Designados. El 11 de julio de 2024, el Departamento del Tesoro sancionó previamente al Tren de Aragua como una importante organización criminal transnacional.
El Cartel de Sinaloa fue identificado por Estados Unidos como un importante narcotraficante extranjero el 15 de abril de 2009 de conformidad con la Ley de Designación de Cabecillas Extranjeros del Narcotráfico. El 15 de diciembre de 2021, la OFAC también designó al Cartel de Sinaloa de conformidad con la Orden Ejecutiva (E.O.) 14059.
ILUMINANDO EL CARTEL DE LOS SOLES
Con sede en Venezuela, el Cartel de los Soles (también conocido como Cartel de los Soles) está encabezado por Nicolás Maduro Moros y otras personas venezolanas de alto rango en el régimen de Maduro que corrompieron las instituciones del gobierno en Venezuela, incluidas partes del ejército, el aparato de inteligencia, la legislatura y el poder judicial, para ayudar a los esfuerzos del cartel de traficar narcóticos a los Estados Unidos.
El nombre del cartel se deriva de las insignias del sol que a menudo se representan en los uniformes de los oficiales militares venezolanos.
El Cartel de los Soles apoya al Tren de Aragua en el cumplimiento de su objetivo de utilizar la avalancha de narcóticos ilegales como arma contra Estados Unidos. Además, el Cartel de los Soles ha brindado apoyo al Cartel de Sinaloa.
Hoy, la OFAC está sancionando al Cartel de los Soles de conformidad con la Orden Ejecutiva 13224, según enmendada, por haber asistido, patrocinado o proporcionado apoyo financiero, material o tecnológico, o bienes o servicios a o en apoyo del Tren de Aragua. Además, la OFAC está sancionando al Cartel de los Soles de conformidad con la Orden Ejecutiva 13224, según enmendada, por haber asistido, patrocinado o proporcionado apoyo financiero, material o tecnológico, o bienes o servicios al Cartel de Sinaloa o en apoyo de él.
IMPLICACIONES DE LAS SANCIONES
Como resultado de la acción de hoy, todos los bienes e intereses en bienes de la persona designada descritos anteriormente que se encuentran en los Estados Unidos o en posesión o control de personas estadounidenses están bloqueados y deben ser reportados a la OFAC.
Además, también se bloquean todas las entidades que sean propiedad, directa o indirectamente, individualmente o en conjunto, en un 50 por ciento o más de una o más personas bloqueadas. A menos que esté autorizado por una licencia general o específica emitida por la OFAC, o exento, las regulaciones de la OFAC generalmente prohíben todas las transacciones realizadas por personas estadounidenses o dentro (o en tránsito) de los Estados Unidos que involucren cualquier propiedad o interés en la propiedad de personas bloqueadas.
Las violaciones de las sanciones de los Estados Unidos pueden resultar en la imposición de sanciones civiles o penales a personas estadounidenses y extranjeras. La OFAC puede imponer sanciones civiles por violaciones de sanciones sobre una base de responsabilidad estricta. Las Directrices de Aplicación de Sanciones Económicas de la OFAC proporcionan más información sobre la aplicación de las sanciones económicas de EE. UU. por parte de la OFAC.
Además, las instituciones financieras y otras personas pueden correr el riesgo de ser expuestas a sanciones por participar en ciertas transacciones o actividades que involucren a personas designadas o bloqueadas. Las prohibiciones incluyen la realización de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios por, para o en beneficio de cualquier persona designada o bloqueada, o la recepción de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios de dicha persona.
Además, la participación en ciertas transacciones que involucran a la persona designada hoy puede arriesgar la imposición de sanciones secundarias a las instituciones financieras extranjeras participantes. La OFAC puede prohibir o imponer condiciones estrictas para abrir o mantener, en los Estados Unidos, una cuenta corresponsal o una cuenta pagadera de una institución financiera extranjera que a sabiendas realice o facilite cualquier transacción significativa en nombre de una persona designada de conformidad con la autoridad pertinente.
El poder y la integridad de las sanciones de la OFAC se derivan no solo de la capacidad de la OFAC para designar y agregar personas a la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (Lista SDN), sino también de su voluntad de eliminar personas de la Lista SDN de conformidad con la ley.
El objetivo final de las sanciones no es castigar, sino provocar un cambio positivo en el comportamiento. Para obtener información sobre el proceso para solicitar la eliminación de una lista de la OFAC, incluida la Lista SDN, o para presentar una solicitud, consulte la guía de la OFAC sobre la presentación de una petición de eliminación de una lista de la OFAC.
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