POR: REDACCION.
El Pleno puntualizó que la libertad de expresión no es un derecho absoluto, pues tiene un límite constitucional válido en materia electoral, consistente en la prohibición de imputar, de forma maliciosa, hechos o delitos falsos a personas o partidos políticos.
CIUDAD DE MEXICO.- La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió, por unanimidad, que Movimiento Ciudadano y su candidato a la gubernatura de Chihuahua, Jorge Alfredo Lozoya Santillán cometieron calumnia en contra de María Eugenia Campos Galván, candidata al mismo cargo, postulada por la coalición “Nos Une Chihuahua”, integrada por el PAN y el PRD.
Lo anterior, derivado de la publicación de un video con contenido idéntico al promocional No hay Lugar Chihuahua en el perfil de Facebook del candidato denunciado, en el que refiere que recibió sobornos de César Duarte, enviando un mensaje con la intención de dañar a la promovente que, más allá de emitir una opinión o crítica, afirma hechos que aún están en investigación.
En consecuencia, el Pleno determinó la imposición de una multa a Movimiento Ciudadano por uso indebido de la pauta. Finalmente, se multó a José Alfredo Lozoya Santillán y a Rosanna Vázquez Burciaga como responsables de la publicación del video en Facebook.

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